TEMA 10. EQUPOS DE PROTECCION INDIVIDUAL Y REVISIONES
TEMA 10. EQUPOS DE PROTECCION INDIVIDUAL y REVISIONES 15. EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL
Para la prevención de accidentes en las maniobras con plataforma, además de los dispositivos de seguridad y medidas preventivas descritas, se han de utilizar, según los riesgos de cada puesto de trabajo, los siguientes equipos de protección personal que deberán estar homologados según las Normas Técnicas Reglamentarias correspondientes:
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- Ropa de trabajo adecuada.
- Casco de seguridad.
- Pantallas para la protección del rostro.
- Gafas protectoras para la protección de la vista.
- Tapones endoaurales, auriculares antirruido o similares para la protección de los oídos.
- Botas de seguridad con refuerzos metálicos.
- Guantes de seguridad.
- Cinturones de seguridad.
- Arneses: Elementos diseñados y fabricados para que el trabajador los use con el fin de evitar riesgos que no hayan sido eliminados por las protecciones colectivas. Hoy en día su uso es obligatorio siempre, sin importar el tipo de plataforma elevadora con la que se esté trabajando. El uso de estos sistemas cuando se trabaja con una plataforma elevadora puede salvar de graves caídas. El arnés es un equipamiento de uso personal. Se deberá comprobar el arnés y ajustarlo a nuestra talla, de no ser así puede provocar graves lesiones. Se pueden originar fallos mecánicos o roturas del suelo que originen unas fuertes sacudidas, pudiendo incluso expulsarnos de la plataforma.
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Tipos:
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- Arnés de sujeción.: Equipo de protección individual para sostener en posición de trabajo y prevención de caídas de altura. Componente que rodea el cuerpo, constituido por elementos dispuestos y conectados de manera adecuada, unidos a un elemento de amarre de sujeción y destinados a sostener al usuario durante su trabajo en altura. Según Norma EN 358.
- Arnés de suspensión: Cinturón de seguridad utilizado para sostener al usuario desde uno o más puntos de anclaje. Está constituido por una o más bandas flexibles, y una o más zonas de conexión que permiten mantener al menos el tronco.
- Cinturón de caída: Cinturón de seguridad utilizado para frenar y detener la caída, tratando de absorber al máximo la energía producida. Se trata de un arnés con, o sin faja, y un elemento de amarre, que puede estar provisto de un amortiguador de caída. Componente que permite unir el cinturón de sujeción y posicionamiento a una estructura. Un elemento de amarre de sujeción puede ser una banda o una cuerda de fibras sintéticas, o bien un cable de acero. Debe cumplir lo especificado en la norma EN 35o y la cabeza del operario en posición vertical estable.
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16. MANTENIMIENTOY REVISIONES.
Reglamentación específica sobre mantenimiento, revisiones e inspecciones
Actualmente no existe reglamentación específica en materia de seguridad industrial que regule el mantenimiento, revisiones e inspecciones periódicas para este tipo de equipos de elevación. En cualquier caso sí existe una nota del Ministerio de Industria, Energía y Comercio que refiere al informe UNE 58921 IN en este sentido. El contenido se explica en el apartado 4.1.6 del presente documento.
Mantenimiento, revisiones periódicas e inspecciones
Actualmente no existe legislación específica del ámbito de la seguridad industrial sobre el mantenimiento o revisiones periódicas que se deben realizar en las PEMP. Hay que tener en cuenta que el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención no tiene ninguna instrucción técnica complementaria (ITC) para este tipo de equipos. En cualquier caso, debemos tomar como referencia el informe técnico UNE 58921 IN “Instrucciones para la instalación, manejo, mantenimiento, revisiones e inspecciones de las plataformas elevadoras móviles de personal (PEMP)”, ya que dicho informe es el indicado por el Ministerio de Industria, Energía y Comercio en su nota publicada para PEMP. En dicha nota se indica: “La Directiva de Máquinas, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Reglamento de los Servicios de Prevención, así como las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo tipificados en el Real Decreto 1215/1997, establecen los principios básicos que han de cumplir las Plataformas Elevadoras Móviles de Personal. La Norma UNE-EN 280: “Plataformas elevadoras móviles de personal. Cálculos de diseño. Criterios de estabilidad. Construcción. Seguridad. Exámenes y ensayos” es norma armonizada que da presunción de conformidad con la Directiva de Máquinas y cumplimiento, por tanto, de los requisitos constructivos exigibles. No existiendo una reglamentación específica para este tipo de máquinas, sobre las condiciones de instalación, manejo, mantenimiento, etc. que desarrollen los principios exigibles en la reglamentación anteriormente señalada, se considera que el cumplimiento con la norma UNE58921-IN “Instrucciones para la instalación, manejo, mantenimiento, revisiones e inspecciones de las plataformas elevadoras móviles de personal” constituye una forma de cumplir con las exigencias legales anteriormente señaladas”.
Dicho informe establece tres tipos de operaciones, a saber: mantenimiento, revisiones e inspecciones. Y las define de la siguiente forma:
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- Mantenimiento: conjunto de operaciones básicas preventivas destinadas a comprobar la plena efectividad y seguridad de la máquina, en función de las instrucciones del fabricante y, en su caso, del propietario o del alquilador, siempre de conformidad con las condiciones del trabajo, frecuencia de utilización y normas legales vigentes de carácter específico.
- Revisiones: comprobaciones periódicas, estructurales, funcionales y operativas, de resistencia y conservación, para garantizar el máximo rendimiento de la máquina de conformidad con su concepción y fabricación, así como la seguridad y salud de las personas que puedan encontrarse dentro de su campo de acción.
- Inspecciones: comprobaciones oficiales del cumplimiento de los requisitos esenciales de seguridad y salud y sobre utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, que estipulan las medidas que deberá adoptar el empresario en tres circunstancias.
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Antes de su puesta en marcha por primera vez (se ejecuta por el fabricante, importador o suministrador).
– Con carácter periódico por razones de seguridad.
– Cada vez que se produzcan acontecimientos excepcionales.
La periodicidad que establece el informe para cada uno de estos grupos de operaciones es:
– Para las operaciones de mantenimiento la periodicidad es la indicada en el manual de instrucciones del fabricante.
– En el caso de las revisiones la periodicidad es anual, en todo caso.
– La realización de inspecciones periódicas oficiales se debe realizar cada tres años y, en el caso de circunstancias excepcionales, cada vez que se produzcan, la PEMP debe pasar una comprobación adicional.
En cuanto al registro documental de las operaciones indicadas, cada PEMP debe disponer de lo siguiente:
– Libro de mantenimiento u hoja de PEMP en el que se indiquen todas las actuaciones, fechas, carácter y frecuencia, próximas acciones de mantenimiento, personas ejecutantes y firma.
– En la NTP nº 634, publicada por el INSHT, se incluye el modelo de Hoja de revisiones contenido en la norma UNE-58921-IN.
– Libro de Inspecciones de la PEMP, en el que consta: fecha, lugar, inspector, título, organismo al que pertenezca, resumen de las operaciones realizadas, resultados obtenidos, así como posteriores comprobaciones o subsanaciones en caso de detectarse fallos.
Se toman como referencia los comentarios de la Guía Técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de equipos de trabajo, y en concreto el punto 1.15 del Anexo II del Real Decreto 1215/1997: independientemente de que el diario de mantenimiento sea una exigencia impuesta por normativas específicas, es una buena práctica prevencionista llevar un registro, puesto al día, de las intervenciones de mantenimiento, en particular para equipos de trabajo en los que la evaluación de riesgos determine la existencia de riesgos altos (por ejemplo, máquinas del anexo IV del Real Decreto 1644/2008, o equipos de trabajo en los que un fallo podría dar lugar a consecuencias catastróficas) o para componentes de seguridad. Un libro de mantenimiento proporcionaría información para una futura planificación e informaría al personal de mantenimiento y a otras personas sobre las acciones previas realizadas. Además, puede ser una herramienta valiosa para cumplir con lo exigido en el artículo 5 (obligaciones en materia de información y formación).
Mantenimiento, revisiones periódicas e inspecciones
Actualmente no existe legislación específica del ámbito de la seguridad industrial sobre el mantenimiento o revisiones periódicas que se deben realizar en las PEMP. Hay que tener en cuenta que el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención no tiene ninguna instrucción técnica complementaria (ITC) para este tipo de equipos. En cualquier caso, debemos tomar como referencia el informe técnico UNE 58921 IN “Instrucciones para la instalación, manejo, mantenimiento, revisiones e inspecciones de las plataformas elevadoras móviles de personal (PEMP)”, ya que dicho informe es el indicado por el Ministerio de Industria, Energía y Comercio en su nota publicada para PEMP. En dicha nota se indica:
“La Directiva de Máquinas, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Reglamento de los Servicios de Prevención, así como las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo tipificados en el Real Decreto 1215/1997, establecen los principios básicos que han de cumplir las Plataformas Elevadoras Móviles de Personal. La Norma UNE-EN 280: “Plataformas elevadoras móviles de personal. Cálculos de diseño. Criterios de estabilidad. Construcción. Seguridad. Exámenes y ensayos” es norma armonizada que da presunción de conformidad con la Directiva de Máquinas y cumplimiento, por tanto, de los requisitos constructivos exigibles. No existiendo una reglamentación específica para este tipo de máquinas, sobre las condiciones de instalación, manejo, mantenimiento, etc. que desarrollen los principios exigibles en la reglamentación anteriormente señalada, se considera que el cumplimiento con la norma UNE58921-IN “Instrucciones para la instalación, manejo, mantenimiento, revisiones e inspecciones de las plataformas elevadoras móviles de personal” constituye una forma de cumplir con las exigencias legales anteriormente señaladas”.
Revisiones
Revisiones obligatorias. Las revisiones de una PEMP son las comprobaciones periódicas, estructurales, funcionales y operativas, de resistencia y conservación, para garantizar el máximo rendimiento de la máquina, de conformidad con su concepción y fabricación, así como la seguridad y la salud de las personas que puedan encontrarse dentro de su campo de acción. Las PEMP deben ser mantenidas de acuerdo con las instrucciones de cada fabricante y que deben estar contenidas en un manual que se entrega con cada plataforma. Tanto las revisiones como los plazos para ser realizadas deben ser hechas por personal especializado